Tutorial para Registro de Ley SB-264

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Preguntas Frecuentes

Dueños de propiedades en el estado de Florida que estén domiciliados en en alguno de los países de interés y tengan una propiedad que está a o dentro de 10 millas de cualquier instalación militar o instalación de infraestructura crítica.

Personas Naturales
Cualquier persona que viva en Venezuela, China, Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o Siria que no es ciudadano americano o residente permanente deben registrar sus propiedades.

En caso de que haya mezcla de personas domiciliadas en los países anteriormente mencionados, con personas que no tiene que reportar, la propiedad debe reportar en caso de que la persona de los países mencionados tenga interés mayoritario.


Compañías
Compañías registradas en Venezuela, China, Rusia, Irán, Corea del Norte, Cuba o Siria deben reportar propiedades en Florida de las cuales sean dueños o subsidiarias de la compañía sean dueños.

Compañías registradas en USA u otros países que no están listados deben reportar su propiedad si sus dueños mayoritarios son personas o compañías que deben registrar sus propiedades.

Propiedades compradas antes de 1 de julio 2023 tienen que estar registradas en el portal de Secure Florida antes del 31 de diciembre 2023.

Todo principal foráneo que sea dueño o adquiera una propiedad  a partir del 1 de julio de 2023 debe registrarse en el portal de Secure Florida e informarse dentro de los 30 días posteriores a la transacción.

Los estatus del estado de la Florida indican que todos aquellos considerados un “principal foráneo” deben registrar sus propiedades en el portal de Secure Florida. Sin embargo, puede estar sujeto a alguna de las exenciones si cumple con alguna de las condiciones como:

  • Ser residente o ciudadano americano.
  • Que la propiedad esté fuera de las 10 millas de cualquier instalación militar en el estado.

 

Si tienes dudas sobre si debes registrarte, debes consultar los estatutos de Florida 692.203. No hay sanciones por registrar una propiedad que no está sujeta a dicho registro. Algunas personas eligen registrar la propiedad, ya que es un registro único que solo necesita actualizarse si la información cambia.

Si no registra su propiedad puede estar sujeto a una penalidad civil de $1,000 por cada día que el registro esta tarde y estar sujeto a un delito menor.

Sanciones civiles pueden incluir confiscación de bienes o tierras.

Cargos penales contra cualquier persona por vender a sabiendas tierras agrícolas o bienes inmuebles en o alrededor de una base militar o infraestructura crítica a un ciudadano de un país de interés.

El registro de la propiedad se debe actualizar.

El registro se realiza 1 vez. Sin embargo, si la información de los principales foráneos cambia, debe actualizar el registro en el portal de Secure Florida. 

  • “Tierras agrícolas” significa tierras clasificadas como agrícolas según el art. 193.461.
  • “Instalación de infraestructura crítica” significa cualquiera de las siguientes, si emplea medidas tales como cercas, barreras o puestos de guardia diseñados para excluir a personas no autorizadas:
    • Instalación de fabricación de productos químicos.
    • Refinería.
    • Central eléctrica según se define en el art. 403.031(20).
    • Instalación de tratamiento de agua o una planta de tratamiento de aguas residuales.
    • Una terminal de gas natural licuado.
    • Oficina central de conmutación de telecomunicaciones.
    • Una planta procesadora de gas, incluyendo una planta utilizada en el procesamiento, tratamiento o fraccionamiento de gas natural.
    • Un puerto marítimo según lo enumerado en s. 311.09.
    • Un territorio de puerto espacial según lo definido en s. 331.303(18).
    • Un aeropuerto tal como se define en el art. 333.01.

Existe una excepción limitada para la compra de una propiedad residencial a título personal, de hasta 2 acres que no esté en o dentro de las 10 millas de cualquier instalación militar en el estado y que el comprador posea una visa válida que no sea de turista o se le concedió asilo. 

Bienes inmuebles que se utilicen con fines diplomáticos están exentos.

Tierras agrícolas o propiedades poseídas antes del 1 de julio de 2023. Pero los dueños no podrán adquirir propiedades adicionales y deben completar el registro en el Departamento de Oportunidades Económicas de Florida (FDEO) antes del 31 de diciembre del 2023.

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